31 de marzo de 2011

Circular por las rotondas

Los conductores españoles siguen sin entender las normas de circulación en plazas de sentido giratorio, aunque es cierto que cada día son más los que van comprendiendo cómo se hace.

Recordemos que siempre tiene preferencia el que circula por dentro sobre el que va a entrar. Una vez dentro no podemos andar cambiando de carril a lo loco, lo haremos con seguridad. Cuando salgamos hay que cederle el paso a los vehículos que circulan por los carriles exteriores. Saldremos por los carriles exteriores y señalizaremos siempre la salida de la rotonda.

Y si sufrimos un accidente mantendremos la calma, y rellenaremos el parte amistoso una vez retirados los vehículos. Si el accidente es grave debe presentarse la policía.

Veamos como se debe circular en las rotondas:

29 de marzo de 2011

Conducir sin carnet, o cómo jugar con fuego


Ya hemos hablado de la necesidad de circular amparados por el seguro del coche, porque ante la menor eventualidad podemos meternos en un lío bastante gordo como ocasionemos perjuicios a terceros. Pero en ese supuesto, hablamos de gente que no tiene el permiso de conducir.

Hay una variedad más extrema de este juego de ruleta rusa, que es conducir sin carnet y por supuesto sin seguro. Aunque el coche esté asegurado, no se puede conducir sin carnet, es un delito contra la seguridad vial desde hace tiempo, y las consecuencias no son agradables. Nunca sabemos cuándo puede pararnos un agente.

De toda la vida ha habido gente que ha conducido sin pisar la autoescuela. Unos lo han hecho de adolescentes, otros mientras no han podido costearse la formación y otros por motivos diversos. Algunos de esos conductores han aprobado con cierta facilidad el carnet, incluso con pocas clases prácticas.

Todos los que tenemos el permiso hemos pensado en alguna ocasión que lo de los carnets es un incómodo proceso burocrático en el que solo te enseñan a circular y a pasar un examen… Bueno, y otras cosas que no se aprecian bien.

De profesor de autoescuela nos puede tocar un buen profesional o un mal profesional, pero un padre, un hermano, o un tío… no son un profesor de autoescuela (a menos que se ganen la vida así). El profesor, aparte de ser un posible compañero incómodo, está atento a todo lo que hacemos y al exterior, no va simplemente calentando el asiento. Verá lo que nosotros no vemos y puede evitar un accidente con solo tocar los pedales.

Aunque se nos trate de enseñar con la mejor intención, se nos enseñará mal. Un conductor con vicios nos pegará los suyos, habrá varias lagunas del código de circulación que no conoceremos y estaremos literalmente desnudos ante una situación comprometida que antes no hemos contemplado ni nuestros improvisados profesores con parentesco o afinidad.

No hay justificación alguna para conducir sin pasar por la autoescuela. Alguno dirá que así se aprueba antes y por menos dinero. En todo caso se gana algo de soltura y confianza, pero con malas bases. También hay gente que ha conducido sin carnet, y cuando va a la autoescuela, le toca aprender otra vez y el ahorro económico se esfuma.

Por aprender a cambiar de marchas, aparcar y a mover el volante uno no está capacitado para conducir o para aprobar el examen, gente que reúne esas mínimas habilidades suspende el práctico todos los días. Se tiene que tener un notable dominio de la jerga vial, las señales, las situaciones que pueden aparecer… y además de todo eso, algo de suerte.

Lo que la suerte da, la suerte puede quitar, existe la mala suerte. Puede que en determinados lugares la vigilancia parezca inexistente, problema es cuando la hay, o cuando haya un pequeño accidente y ni siquiera sea nuestra culpa. Estaríamos en el momento y lugar inadecuados, y sin el amparo del seguro. Horror.

El papeleo y el papelito tienen su razón de ser, y son un mal necesario. Los conductores sin carnet son un cáncer para la seguridad vial, y ellos quizás no lo saben, porque pensarán que ya saben conducir mejor que muchos “novatos”. Todos hemos sido “novatos”, pero no todos nos hemos “pasado de listos”.

No pediremos a nadie que delate a amigos, familiares o allegados que van sin carnet ante la policía, eso sería excesivo, pero seguro que hay alguna forma de hacerles ver que lo que están haciendo no solamente es ilegal, es correr un riesgo altísimo por mucho que ellos controlen o crean controlar.

Fuente: Circula Seguro...

28 de marzo de 2011

Más de un millón de vehículos, sin seguro ....

En España hay matriculados unos 31 millones de vehículos y, por lo que afirma el Tribunal de Cuentas, más de un millón de ellos circula sin ningún tipo de seguro. Al parecer, existe un gran desfase entre los números que maneja la DGT y los que maneja el Consorcio de Compensación de Seguros.

Aunque es más que probable que no todo el diferencial se pueda atribuir a vehículos sin asegurar, el dato es significativo si tenemos en cuenta que circular sin seguro representa un problema para todo el mundo: para quien no lo contrata, también para el que sufre una colisión contra un vehículo sin asegurar y para quienes deben costear la broma.

Circular sin seguro es un acto de irresponsabilidad. Esto que digo no es peyorativo, sino descriptivo. El conductor es responsable de los daños ocasionados a personas y bienes “con motivo de la circulación”, como dice la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, pero como se da la circunstancia de que algunos hechos de la circulación ocasionan graves daños que un bolsillo particular es incapaz de costear resulta aconsejable, y además obligatorio, suscribir un seguro que se haga cargo de cubrir esos daños.

Por eso incumplir la obligación de asegurar el vehículo es un acto de irresponsabilidad. Si el conductor es responsable de sus actos pero resulta incapaz de cubrir los daños que pueda ocasionar…

“Ah, pero eso es sólo si pasa algo”, dirá algún avispado. Bien, que levante la mano aquel que algún día haya tenido que rellenar un parte amistoso y que ese mismo día al levantarse hubiera pensado: “mira, hoy me voy a pegar un leñazo contra otro coche”. Salvo ese 2,6% de siniestros graves en que sus protagonistas buscaban el suicidio y algún que otro cafre más, dudo que haya un solo conductor que lleve apuntado en su agenda algo como “hoy me la pego”.

Vale, es absurdo pensar que estamos condenados a sufrir un siniestro en el asfalto, pero de la misma forma que resulta absurdo lanzarse a la carretera pensando que nunca va a ocurrir nada. Aunque dominemos los factores de riesgo y seamos preventivos, nuestros vecinos de viaje siempre nos pueden sorprender.

Por pura probabilidad, estamos expuestos a sufrir un percance, y ese riesgo será tanto mayor cuanto más superadas queden nuestras capacidades por la realidad que nos rodea. Y, desde luego, si las exigencias que nos imponen la vía y el tráfico nos superan sistemáticamente a nosotros mismos o a las condiciones de nuestro vehículo, el siniestro llegará en un momento u otro; de otra manera, es que estamos abusando de la confianza de la diosa Fortuna.

En cualquier caso, más vale que llevemos los papeles en regla. Los conductores noveles dicen que les cobran mucho por su condición de conductor novel, ya que los datos indican que el conductor joven es la estrella de la siniestralidad vial. “Las aseguradoras son empresas, no ONG, así que si queréis seguros más baratos – haced lo posible por que estas estadísticas den un giro, dicen estas últimas.”

En cualquier caso, la solución nunca puede ser dejar de asegurar el vehículo. Si a mí me dan un golpe con un vehículo sin asegurar, lo que menos me va a apetecer, después de que se me lleven el coche al taller y a mí al hospital, es tener que peregrinar para que alguien responda por esos daños. Además de ser una irresponsabilidad por parte del otro, me parecería una canallada.

Fuente : Circula Seguro..

26 de marzo de 2011

Conductores nóveles ... Cambio en el lìmite de velocidad


•Orden PRE/629/2011, de 22 de marzo, por la que se modifican los Anexos XI y XII del Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre

•Desparece la prohibición de no superar los 80 km/h.

•Se mantiene la de llevar la señal con la ‘L’ señal V-13.

•La señal V-13 «Conductor novel» tiene por finalidad indicar que el vehículo está conducido por una persona cuyo permiso de conducción tiene menos de un año de antigüedad.


El Anexo XI del Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, recoge la señal V-13, sobre «Conductor novel», cuya finalidad es indicar que el vehículo está conducido por una persona cuyo permiso de conducción tiene menos de un año de antigüedad.

En su apartado segundo se determina que los conductores de los vehículos que deban llevar esta señal no podrán circular a velocidad superior a 80 kilómetros por hora, sin perjuicio de que deban respetar las velocidades inferiores establecidas en razón de otras condiciones personales del conductor, del vehículo o de la vía.

Esta limitación de velocidad para los conductores noveles de 80 kilómetros por hora durante su primer año de conducción se estableció en el año 1974, cuando existían unas condiciones en las vías públicas, en los vehículos y en la calidad de la enseñanza sobre seguridad vial muy diferentes a las de ahora.

En aquel momento, la red de carreteras principales contaba con muy pocas autopistas y autovías y las carreteras secundarias tenían un firme muy deteriorado y con escasas conexiones principales. Por el contrario, en la actualidad en España hay más de 12.000 kilómetros de carreteras principales, autovías y autopistas, que se han construido utilizando las últimas técnicas en materiales y trazado, lo que contribuye a que sean más seguras.

La nueva red de carreteras, constituida en gran parte por autopistas y autovías, deja obsoleta la limitación de velocidad en 80 kilómetros por hora para los conductores noveles. Resulta un contrasentido que en las autopistas y autovías, en las que no se puede circular a menos de 60 kilómetros por hora, por motivos de fluidez del tráfico, se obligue a determinados conductores a circular a una velocidad solo ligeramente superior.

Por lo que se refiere a los vehículos, no disponían de los dispositivos de seguridad activa y pasiva de los que van provistos los vehículos actuales. Estos deben estar homologados de acuerdo con una normativa técnica muy estricta reglamentada a nivel europeo, que garantiza un nivel de seguridad para sus ocupantes y los demás usuarios de la vía, que evoluciona constantemente al efecto de mejorar la seguridad de los usuarios de los vehículos y de los demás usuarios de las vías públicas.

Los formadores en seguridad vial tienen un nivel de preparación mucho más alto que antes, estando sometidos a un reciclaje continuo, lo que da lugar a que la formación de los aspirantes a obtener el permiso de conducción sea de gran calidad y contribuya a incrementar la seguridad vial.

Por otra parte, se han adoptado determinadas medidas dirigidas a los conductores noveles para someterlos a una mayor vigilancia por su especial vulnerabilidad, como son el establecimiento de una tasa de alcoholemia de 0,15 miligramos por litro de alcohol en aire espirado, inferior al general de 0,25 miligramos por litro, y la asignación inicial de menos puntos en el permiso de conducción ya que se les atribuye ocho en lugar de los doce generales.

Los cambios y las medidas que se han citado han puesto de manifiesto que en la actualidad carece de sentido mantener el límite de velocidad a 80 kilómetros por hora para los conductores de vehículos con un permiso de conducción con menos de un año de antigüedad, y ha dado lugar a la aprobación, por unanimidad de todos los Grupos Parlamentarios, de una Proposición no de Ley en el Congreso de los Diputados instando al Gobierno a adoptar las medidas para dejar sin efecto este límite.

Aunque se suprime el indicado límite de velocidad, se considera importante seguir manteniendo la obligación de llevar en el vehículo la señal V-13, toda vez que permite identificar al conductor novel. Este no tiene todavía suficiente experiencia en la conducción, lo que puede quedar reflejado en la realización de algunas maniobras. Cuando los demás conductores observan un vehículo con la citada señal, tienen un mayor nivel de comprensión con el conductor novel, circunstancia que contribuye a protegerle y a mejorar la seguridad vial en general.

Mediante esta Orden también se adapta lo dispuesto en la señal V-13 sobre los supuestos en los que se prolonga el período de un año durante el que se debe llevar la misma, a las modificaciones del Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, realizadas por la Ley 18/2009, de 23 de noviembre, en materia sancionadora, que elimina la suspensión del permiso de conducción, y por la Ley 17/2005, de 19 de julio, reguladora del permiso y la licencia de conducción por puntos, que amplía la posibilidad de pérdida de vigencia de la autorización administrativa a los casos de pérdida de todos los puntos asignados

25 de marzo de 2011

Bebedores y delincuentes ocasionales, principales 'criminales' de la carretera


La fiscalía traza el perfil de los conductores que cometen las peores infracciones
Adictos al alcohol y a las drogas, delincuentes ocasionales o asociales, es decir, aquellos que proyectan en la conducción su desdén hacia la sociedad. Los criminales de tráfico encajan en uno de estos tres perfiles, según los datos de un proyecto piloto de la Fiscalía de Seguridad Vial y el grupo de criminología de la Universidad Miguel Hernández (Elche).

El trabajo está basado en dictámenes periciales de conductores infractores multirreincidentes, y de aquellos que cometen delitos muy graves. "La figura más difícil de valorar es la del bebedor habitual, que no es "alcohólico" pero "incide sistemáticamente en delitos de conducción embriagada", explica el fiscal de Sala de Seguridad Vial, Bartolomé Vargas.

Los automovilistas peligrosos serán evaluados por criminólogos
La Fiscalía de Seguridad Vial propone la elaboración de dictámenes periciales criminológicos en los delitos más graves de tráfico y en los cometidos por reincidentes, para valorar así el riesgo y la peligrosidad de que vuelvan a cometerlos. Por el momento el proyecto solo se ha puesto en práctica en Elche, aunque la fiscalía propone extenderlo a toda España, según expuso ayer Vargas durante su presentación, a la que también acudieron los fiscales delegados de Alicante y el adscrito de Elche, Pablo Gómez y José Antonio Artiega; así como los criminólogos y policías y que han participado en la experiencia.

Estos informes, que ya se emplean en los casos de violencia machista, son "una herramienta muy útil" que orientará a fiscales y jueces en las condenas más adecuadas a los conductores que delinquen, según Vargas. De esta manera, los jueces podrán elegir entre el amplio abanico de condenas que recoge la última reforma del Código Penal -prisión, multas o trabajos para la comunidad, y medidas accesorias como el comiso del vehículo- , y podrá adoptar medidas cautelares como la retirada del carné o la prisión preventiva si existe alto riesgo de cometer un delito de tráfico.

Por ejemplo, en el caso de un "bebedor", el juez podrá determinar que el delincuente se someta a un programa de deshabituación. En cambio, un conductor que en una ocasión circula en dirección contraria tiene pocas probabilidades de reincidir.

Hasta ahora se han analizado siete dictámenes periciales criminológicos, que se han elaborado con el consentimiento de los implicados durante el trámite de diligencias previas, y han impedido por tanto el juicio rápido. La fiscalía pretende que los informes se incluyan en los atestados policiales para que se faciliten los juicios rápidos, lo que implicaría una reforma legal.

Vargas ha justificado este tipo de informes porque, según dijo los delitos contra la seguridad vial han aumentado en España en los dos últimos años un 163%

Los relojes se adelantan una hora la madrugada del domingo


Cada último fin de semana de marzo, coincidiendo con la madrugada del sábado al domingo a las 2.00h, entra en vigor lo que se conoce como horario de verano.

Dicho horario, que consiste en ir 2 horas por delante del GMT (horario medio de Greenwich) se mantendrá en Europa hasta el último fin de semana de octubre, cuando volverá a entrar el horario de invierno, que se corresponde con 1 hora más que el GMT.

Por tanto tendremos que adelantar nuestros relojes y a las 2 pasarán a ser las 3.

Lo que se busca con este cambio horario es el ahorro energético, haciendo para ello coincidir lo máximo posible las horas de luz solar con el horario laboral. Piensen que en estos momentos ya se estaba haciendo de día alrededor de las 7 de la mañana, y si siguiéramos con el horario invernal, en pleno mes de junio amanecería sobre las 5 de la madrugada, una hora a la que la mayoría de los mortales estamos durmiendo. De esta forma, adelantando nuestros relojes hacemos que no amanezca tan temprano y además alargamos las horas de sol por las tardes, con el consiguiente aprovechamiento de la luz solar para nuestras actividades.

Las primeras referencias acerca del cambio horario las encontramos en el S-XVIII, concretamente en 1784, cuando el científico estadounidense Benjamín Franklin en base a la idea del aprovechamiento diurno de luz natural planteó adelantar los relojes una hora durante el verano, a fin de aprovechar mejor la iluminación natural y así consumir un menor número de velas para alumbrarse durante la noche. No obstante no llegó a ponerse en práctica. Más tarde, en 1905 el constructor inglés William Willett concibió el horario de verano durante un paseo a caballo previo al desayuno, cuando se sorprendió pensando cuántos londinenses dormían durante la mejor parte de un día de verano.

A raíz de la 1ª guerra mundial y con el propósito de ahorrar combustible, el kaiser Guillermo II de Alemania decretó el inicio del cambio de hora el 30 de abril de 1916, que también se aplicó a sus aliados y las zonas ocupadas, siendo los primeros países europeos en emplear el horario de verano. Varios países beligerantes y neutrales de Europa les siguieron. Estados Unidos al igual que España no lo hicieron hasta 1918.

Durante muchos años no existió una regulación conjunta acerca del cambio horario, y cada país fue adoptándolo o no de acuerdo a sus intereses. Así, por ejemplo en España no se produjo dicho cambio horario entre los años 1950 y 1973.

Fue una nueva crisis energética la que hizo que esta medida que tiene como principal objetivo el ahorro energético saltara de nuevo a la palestra. En 1973 los países miembros de la OPEP impusieron un embargo petrolero de importantes consecuencias económicas, por lo que las naciones industrializadas comprendieron la urgencia de impulsar medidas del cuidado de la energía, que al mismo tiempo permitieran reducir la fuerte dependencia que actualmente se tiene de los combustibles fósiles, tales como el petróleo y el gas. De esta forma, a partir de 1974 comenzó a generalizarse el cambio de hora. Bien es cierto que no todos los países del mundo adoptan este horario, e incluso no en todos los que lo adoptan entra en vigor en la misma fecha (por ejemplo en EEUU ya se cambió el horario el pasado 13 de marzo)

Es por tanto una medida que tiene como fin el ahorro energético, y a tenor de los datos que proporciona el IDAE (Intituto para la diversificación y el ahorro energético) parece que los resultados son concluyentes: en nuestro país, el ahorro en iluminación en el sector doméstico por el cambio de hora durante los meses que tiene efecto; es decir, desde final de marzo hasta final de octubre, puede representar un 5%. Si el consumo medio de una familia española es de 3.200 kWh., el ahorro sería de más de 6 € por hogar y más de 60 millones de euros para el conjunto de ellos. A ello habría que sumar, procedente del sector de comercio y servicios, un ahorro del 3% (más de 6 millones de €) en concepto de reducción de consumo de aire acondicionado. En global se calcula que el ahorro energético en nuestro país se sitúa en torno a los 300 millones de €, con el consiguiente descenso en emisiones a la atmósfera.

En otro orden de cosas, mucho se habla todos los años de cómo afecta el cambio horario a nuestra salud. La verdad es que según la inmensa mayoría de los estudios, tan solo aparecen problemas menores asociados a trastornos temporales del ritmo biológico regido por la insolación que, ocasionalmente, pueden derivar en alteraciones hormonales. Aunque bien es cierto que este tipo de alteraciones suele compensarse a los pocos días de haberse producido el adelanto horario, de modo que los ritmos de luz solar y el reloj interno que interviene en la liberación de hormonas que participan del ciclo sueño-vigilia tienden a acompasarse. Así que, en la mayoría de las personas, el efecto no va más allá que el de tener una hora menos para dormir el próximo sábado por la noche.

24 de marzo de 2011

¿Qué nos pone nerviosos al conducir?

Durante estos días han dado la vuelta al mundo mediático las conclusiones de un estudio realizado conjuntamente por Attitudes y la UAB, a partir de las cuales se han elaborado dos titulares:

"El 22 por 100 de los conductores españoles sufren ansiedad al conducir"

"El 51% de los conductores, casi 13 millones, preferiría no coger el coche"

Todo esto nos remite a algo que hemos tratado ya en alguna ocasión: la amaxofobia como trastorno que hace que hasta un 4% de los conductores de nuestro país dejen el vehículo de lado porque sienten miedo a conducir. Sin llegar a esos extremos, sin embargo, uno de cada cinco vehículos está conducido por alguien que experimenta ansiedad cuando está al volante, lo que sin duda se trata de un problema grave para la seguridad vial de todos.

Abundando en los resultados del estudio, sabemos que sufren más las mujeres que los hombres, y que cuanto mayor es la experiencia al volante menor es el temor a la circulación. Pero, ¿cuáles son las causas de este problema tan común? ¿Qué nos pone nerviosos al conducir?

El ritmo de vida puede constituir un factor que incremente la ansiedad al volante. Si vamos todo el día escopeteados de aquí para allá, una de dos: o sabemos aparcar los problemas cuando nos sentamos en el vehículo, o traspasaremos nuestros nervios a la circulación, lo que nos puede llevar a un quebradero de cabeza mayor si acabamos el día chocando contra algo o contra alguien. Sin embargo, no es ese el problema fundamental de quienes se enfrentan a la lucha contra el automóvil.

El temor a la sanción es un comentario que se lee a menudo en la red. Sin embargo, suena casi a disparate que alguien tenga verdadero temor a coger el coche porque es incapaz de observar unas mínimas normas de comportamiento. Es más, si eso es así, casi es recomendable que efectivamente la persona que sienta temor por ser reprendida deje el coche de lado o bien lo emplee en circuitos cerrados, donde pueda hacer lo que verdaderamente le venga en gana.

Precisamente la actitud peligrosa de otros conductores es uno de los principales motivos de que nos pongamos nerviosos al volante, y es lógico. Por mucho que controlemos nuestro vehículo, nunca tenemos el 100% de certeza sobre lo que hará el otro. Solemos apelar al principio de confianza, ese por el cual tenemos derecho a confiar en que los demás respetarán las normas y, por ejemplo, no se nos tirarán encima del coche cuando pasamos. Pero cuando ese principio se ve traicionado por las muchas imprudencias que se ven cometer a diario (y no digamos ya si las hemos sufrido en propias carnes) el principio de confianza cae, dando paso al temor.

Todo esto explica en parte por qué aumenta la ansiedad al conducir por ciudad y en situaciones de tráfico denso, donde la actividad de todos los usuarios de la vía es mayor y más acelerada. En cualquier caso, ante el peligro de dejarlo todo al principio de confianza está la conducción preventiva, esa que parte de la posibilidad de que el otro se equivoque, y que se fundamenta en nuestras capacidades de observación y anticipación y en el dominio que tenemos sobre el espacio que rodea a nuestro vehículo.

Con todo, hemos dado por hecho que teníamos pleno control de nuestro vehículo, y no siempre es así. Una formación adecuada debe dar al conductor los recursos necesarios para que comprenda qué es un vehículo y por qué se comporta como lo hace, pero no todo el mundo sigue un proceso formativo adecuado, así que el miedo a la pérdida de control del vehículo también es un factor que nos hace sentir inseguros de nuestras propias capacidades y, por tanto, temerosos. Esta es la parte de miedo a la conducción que con la experiencia va remitiendo, siempre que no hayamos tenido ningún susto grave que haya minado nuestro principio de confianza en los demás y en nosotros mismos.

Un ejemplo de este temor sería el miedo a conducir bajo condiciones meteorológicas adversas, aunque razonables. Supongo que está claro que cuando hay un temporal de primer orden lo mejor es estarse quietecito en casa a no ser que queramos aparecer en los informativos de ese día. Pero, sin llegar a esos extremos, son muchos los conductores que sienten pánico a la lluvia porque, en el fondo, se sienten pánico a sí mismos como conductores.

Y esa inseguridad que sienten puede verse agravada al viajar con según qué acompañantes. En algunas ocasiones hemos hablado del papel que tiene el copiloto en esto de la seguridad vial, y ese es, de hecho, un factor más que nos pone nerviosos cuando estamos al volante. Porque por buenas que sean las intenciones del que va sentado al lado del conductor, no hay ayuda más desafortunada que aquella que se convierte en un estorbo.

Son estos los ejemplos más habituales de las situaciones que nos causan miedo a la hora de sentarnos al volante.

Y ustedes, ¿le tienen temor a algo? ¿Qué os pone nerviosos al conducir?

Fuente: Attitudes

23 de marzo de 2011

Conselleria de Gobernación ...

Decreto 28/2011, de 18 de marzo, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las condiciones y tipología de las sedes festeras tradicionales ubicadas en los municipios de la Comunitat Valenciana, publicado ayer martes día 22 de marzo en el DOCV nº 6485 


A propuesta de la Conselleria de Gobernación, el pasado día dieciocho (18) del corriente fué aprobado el Decreto que regula las condiciones y tipología de las sedes festeras tradicionales ubicadas en los municipios de la Comunitat Valenciana, con el objetivo de "compatibilizar el derecho al ocio y al descanso y velar por la seguridad de los festeros de la Comunitat".

La Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de la Generalitat, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos, prevé en su artículo 8.2 la competencia de los Ayuntamientos para la autorización de “los espectáculos públicos y actividades recreativas que se realicen en el municipio con motivo de la celebración de las fiestas locales y/o patronales, requieran o no la utilización de la vía pública”. Un precepto que, en estos momentos, se completa con el artículo 9.8 del Decreto 52/2010, de 26 de marzo, en el que, asimismo, se atribuye a los Ayuntamientos “la autorización de las actividades extraordinarias que se pretendan realizar durante la celebración de las fiestas locales y/o patronales, requieran o no la utilización de la vía pública, sin perjuicio de las atribuciones de la Conselleria competente en materia de espectáculos públicos para la autorización de actividades extraordinarias con carácter general”.

En este contexto, las fiestas que se celebran en las localidades de la Comunitat Valenciana, muchas de ellas de notable tradición y arraigo y representativas de la identidad sociocultural de nuestra tierra, conllevan una programación de actos a efectuar, unos organizadores o promotores así como una sede considerada, en todo caso, como un componente necesario para la fiesta, un punto de referencia para festeros y un lugar donde se centralizan los medios materiales y humanos imprescindibles para la adecuada realización de aquélla.

Las referidas sedes no tienen porqué ser necesariamente “establecimientos públicos” en el sentido establecido en la Ley de Espectáculos valenciana. No obstante, en ocasiones puntuales, e incluso más allá del marco temporal de las celebraciones que las justifican, sí se hallan en funcionamiento o se encuentran vinculadas a la realización de un espectáculo público o actividad recreativa con la consecuencia, de manera directa o indirecta, de su incidencia en la normal o habitual convivencia entre personas.

En este sentido, el presente Decreto trae su causa en la necesidad de establecer un régimen jurídico abierto pero, a la vez, responsable y necesario para estas sedes o locales que, bajo su común y popular denominación, permita ordenar el funcionamiento de los mismos a la vez que, en virtud de las reglas de convivencia, se garantice la efectividad del derecho al descanso de los vecinos.

Este Decreto es fruto de una necesidad ampliamente solicitada por los sectores interesados y supone, por parte de las Administraciones y organizadores implicados, una asunción de obligaciones y compromisos en algunos casos sin duda alguna ya configurados.


Para acceder al DOCV pinchar sobre la imagen

22 de marzo de 2011

Cortes de calles por obras

Hoy MARTES quedará restringido el acceso a la Plaza Ibañez Marín , debido al corte parcial de dicha Plaza por la obra que se está realizando, por lo que la circulación quedará desviada provisionalmente hasta las 20'00 horas.

El desvío está perfectamente señalizado, no obstante se recomiendo extremar las precauciones, ya que la circulación discurre por el centro de dicha Plaza.

21 de marzo de 2011

9 motoristas mueren este fin de semana

 La velocidad ha estado presente en la mayoría de los accidentes mortales de moto que se han registrado el pasado fin de semana, en el que el buen tiempo ha animado a muchos motoristas a salir a las carreteras, según han informado fuentes de Tráfico.

Durante el fin de semana se han producido ocho accidentes mortales en los que se han visto implicadas las motos. En ellos han muerto nueve personas, ocho motoristas y una mujer que iba en un turismo que colisionó con una de las motos, cuyo conductor resultó herido grave. En otro de los siniestros murieron dos motoristas.

Los ocho accidentes se han producido en carreteras convencionales por choques, colisiones con otros vehículos y salidas de vía, según las mismas fuentes.

El siniestro más grave tuvo lugar ayer por la tarde en el kilómetro 332 de la carretera N-320, a la altura de la localidad madrileña de Torrelaguna.

Dos motoristas, de 29 y 35 años, murieron al colisionar de forma bastante violenta cuando uno de ellos inició la maniobra para tomar la salida hacia otra carretera.

Los sanitarios desplazados hasta el lugar sólo pudieron confirmar los fallecimientos, causados por los politraumatismos sufridos por ambos conductores.

Durante el pasado fin de semana, desde las tres de la tarde del viernes y hasta las cero horas de hoy, han muerto en las carreteras quince personas en catorce accidentes; en ocho de ellos estuvieron implicadas motos.

El viernes no hubo accidentes mientras que el sábado se contabilizaron cinco siniestros con otros tantos fallecidos y dos heridos graves.

El domingo perdieron la vida diez personas en nueve accidentes en los que otras seis personas sufrieron heridas graves y una leves.

De los catorce accidentes, ocho han sido colisiones, cinco salidas de vía y un atropello.

En el acumulado anual, hasta el 20 de marzo, se llevan contabilizados 287 fallecidos, 13 menos que hasta la misma fecha del año pasado, lo que representa un descenso del 4,3 por ciento

Cumplimos 2 años.

¡ Hemos cumplido dos años !

Ya hace dos años que desde esta Policía Local , con mucha ilusión, se creó el presente blog,  el día de San José del año 2009, con el fin de poder informar de manera más amplia a todas las personas interesadas en conocer el día a día de nuestra población.

Desde aquí queremos dar las GRACIAS a los más de 50.500 visitantes que han accedido a nuestro blog, lo que nos dá animo para seguir informando de todos aquellos acontecimientos que nos afectan y de todo aquello que sea de interés para todos.

De nuevos gracias...

19 de marzo de 2011

Fallas 2011 - Día de San José

Actos programados para hoy sábado 19 de Marzo, “SAN JOSÉ”.



- A partir de las 08:00h, se ha empezado a cortar el tráfico rodado por la Plaza de la Comunidad Valenciana , para montar la MASCLETÀ, por lo que se tendrán que retirar los vehículos allí estacionados (Grúa).

-  A las 12.00h MISA en honor a San José , a continuación PASACALLE hasta la Residencia San RAfael y Ofrenda de flores en la calle San José.

- A las 14.00h MASCLETÀ, en la plaza de la Comunidad Valenciana.
- A las 21.00h CREMÀ DE LA FALLA INFANTIL.

- A las 00.00h “NIT DEL FOC”, CREMÀ DE LA FALLA GRANDE

Gracias por colaborar con las fallas...

18 de marzo de 2011

Fallas 2011- Ofrenda

La Comisión de la Falla el Trampot ha programado para el día de hoy los siguientes actos:

- A las 14’00 horas : Gran Mascletá fallera 

- A las 14'30 horas: Comida en el casal

- A las 19'30 horas: Ofrenda de Flores

- A las 01'30 horas: Nit d'Albaes


Se ruega a los conductores que durante el pasacalle de esta tarde con motivo de la Ofrenda de Flores, extremen las precauciones en la zona de la Plaza de la Iglesia y calles adyacentes.

Igualmente, ante la afluencia de niños en las inmediaciones de la Plaza de las Palmeras, se ruega la máxima atención al pasar por la Plaza de la Comunidad Valenciana .

Se recuerda que mañana SÁBADO DÍA DE SAN JOSÉ, los accesos a la Plaza de la Comunidad Valenciana estarán cortados con motivo del montaje de la MASCLETÁ y del posterior disparo de la misma.

Se ruega a los propietarios de los vehículos estacionados en dicha Plaza , que los retiren antes de las 08'00 horas de mañana sábado.

17 de marzo de 2011

Fallas 2011 Actos para el día de hoy

Estos son los actos programados para el día de hoy por la Falla El Trampot






14.00h Mascletá fallera.

21,30h Cena de Gala de Infantiles.

22,30h Cena de sobaquillo en el casal. Fiesta temática: años 80

16 de marzo de 2011

Alerta Amarilla por fuertes vientos

Cuando todo parecía indicar que el principal problema meteorológico con el que se iban a enfrentar las Fallas durante sus primeras horas de vida podría ser la lluvia; otro elemento meteorológico (el fuerte viento)ha aparecido en escena para complicar aún más estas Fallas ya de por sí complicadas tras las lluvias de estos últimos días.

Bien es cierto que no podemos aún descartar algún chubasco débil durante el día de mañana, poco importantes la verdad; pero sin duda, el viento sí que va a ser protagonista.

La Agencia Estatal de Meteorología (AEMET), ha establecido para hoy la alerta amarilla por rachas de viento que pueden llegar hasta los 70 Km/h en buena parte de la Comunitat. En concreto, toda la provincia de Valencia, el interior de la de Castellón y el norte de la de Alicante serán las zonas donde el viento sople con más fuerza. Serán vientos de poniente, o del Noroeste, que por cierto harán subir las temperaturas en las zonas costeras.

14 de marzo de 2011

15 muertos este fin de semana a 110 km/h

Es el primero desde la aplicación del nuevo límite de velocidad en las carreteras españolas.

La DGT ofrece los datos de víctimas al volante el pasado fin de semana.

Ascienden a 15 personas fallecidas, con seis heridos (dos de ellos de carácter grave).

El peor día fue el domingo con tres accidentes mortales, en los que murieron siete personas y otra resultó grave.

El peor de todos los accidentes tuvo lugar en la provincia de Tarragona, en la carretera N-340. Dos madres con sus hijos se cruzaron de carril y perdieron la vida al chocar contra un camión cuyo conductor resultó ileso. Hay que señalar que los menores viajaban sin cinturón de seguridad.

Igualmente, este domingo resultó siniestro en la provincia de Pontevedra, en la carretera local PO-254. Dos jóvenes murieron en una colisión frontolateral con otro vehículo, cuya conductora resultó herida grave.

A ellos se suman cinco personas fallecidas el pasado sábado y otra más herida. En el acumulado de todo el año, se cuentan ya 261 víctimas al volante, nueve menos que en las mismas fechas del año pasado.

13 de marzo de 2011

Fallas 2011

 
Estos son los actos programados parael día de hoy por la Falla El Trampot

12.30 h Pasacalle de toda la Comisión.

14.00h Mascletá fallera.

14.15h VINO DE HONOR.

18.00h  En la Casa de la Cultura  Festival Infantil “TÚ SI QUE VALES”
.
Se ruega a los conductores que circulen por el recorrido del Pasacalle, que extremen las precauciones.

12 de marzo de 2011

Cabalgata del Ninot

Actos previstos para el día de hoy (si el tiempo lo permite)


10.00h Actividades para infantiles en el casal.

14.00h Mascletá fallera y comida en el casal.

19:30h Cabalgata del ninot.

22.00h Cena de sobaquillo en el casal.


Con motivo de la CABALGATA DEL NINOT, que tendrá lugar a partir de las 19'30 horas, los vehículos estacionados en la Plaza Comunidad Valenciana, Calle Gómez Ferrer y Calle Doctor Albiñana, deberán de ser retirados antes de las 18'30 horas.

Se recuerda que los vehículos que hagan caso omiso a la señalización, serán retirados por el servicio de grúa.

10 de marzo de 2011

Cortes de calles por obras


Mañana VIERNES con motivo de las obras de rehabilitación que se están llevando a cabo en el Ayuntamiento, por la empresa adjudicataria, se ha solicitado que al tener que acceder antes de las 07'30 horas, a la Plaza de la Iglesia un camión-grúa de grandes dimensiones, se proceda a retirar los vehículos estacionados en la calle SAN ANTONIO ABAD, PLAZA DE LA IGLESIA, y PLAZA GARNELO FILLOL, todo ello para permitir los trabajos previstos.

Por tal motivo desde hace unos días por esta Policía Local, se ha estado poniendo señales y avisando a los vehículos que se encuentran estacionados en los lugares arriba mencionados.

Igualmente se informa que no se podrá  acceder a la Plaza de la Iglesia por la calle San Antonio Abad ya que el tráfico será desviado por la calle San Cristobal, del mismo modo el tráfico será desviadohacia la calle Moreras, por lo que el acceso a la Plaza Comunidad Valenciana también estará cortado desde la calle Doctor Albiñana.

Se recuerda que debido al tamaño de la grúa, todo aquel vehículo que no haya sido retirado por su propietario, lo será por la grúa, todo ello con el fin de evitar posibles roces, golpes y posteriores reclamaciones.

Preparativos fin de semana fallero

Con motivo de los actos programados por la Comisión de la Falla El Trampot, esta Policía Local lleva unos días poniendo avisos a los vehículos que se encuentran estacionados en zonas donde se van a desarrollar actos, siendo estas las siguientes:

Viernes día 11 de marzo:
A partir de las 18'30 horas, dará comienzo la PLANTÁ de la Falla Infantil,  y a partir de las 22'00 horas la NIT DE LA PLANTÁ,  por lo que los vehículos estacionados en la Plaza Ibañez Marín deberán ser retirados antes de las 17'00 horas.

Sábado día 12 de marzo:
Debido a la Plantá de las Fallas, en la Plaza Ibañez Marín, el MERCADO SEMANAL se desplaza hasta la PLAZA MANUEL TOLSÁ (Casa de la Cultura), por lo que los vehículos estacionados en dicha plaza deberán de ser retirados antes de las 06'00 horas.

Con motivo de la  CABALGATA DEL NINOT, que tendrá lugar a partir de las 19'30 horas, los vehículos estacionados en la Plaza Comunidad Valenciana, Calle Gómez Ferrer y Calle Doctor Albiñana, deberán de ser retirados antes de las 18'30 horas.

Se recuerda que los vehículos que hagan caso omiso a la señalización, serán retirados por el servicio de grúa.

Cuadro de sanciones por exceso de velocidad

Cuadro para excesos de velocidad que se aplica a partir del día 07 de marzo de 2011, según lo establecido en el R.D. 303/2011 de 4 de marzo, por el que se establece un nuevo límite en la velocidad máxima de circulación en autovías y autopistas

8 de marzo de 2011

¿ Qué hacer en caso de Accidente de Tráfico ?

En todo accidente de tráfico con lesiones las fuerzas y cuerpos de seguridad competentes (Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, Mossos d’Esquadra, Ertzaintza o Policía Local) tienen la obligación de realizar un atestado.

La correcta y completa confección del mismo es muy importante. Por ello, las personas que se encuentren en el lugar y esten en condiciones de hacerlo, es aconsejable que cuiden de que sea avisada la autoridad competente responsable de la confección del atestado para que proceda a su elaboración. Así mismo, si hubiera testigos presenciales, tomar sus datos y solicitarles que esperen la llegada de los agentes de la autoridad competente para que puedan declarar.

Ante cualquier dolor o molestia es muy importante acudir al Centro Hospitalario más cercano para recibir asistencia sanitaria y que sean diagnosticadas adecuadamente las lesiones, y donde le será facilitado un informe médico de las mismas. Si es hospitalizado o recibe tratamiento ambulatorio posterior también le ha de ser entregado un informe médico en el momento del alta, importante para poder acreditar las lesiones sufridas y reclamar sus derechos. Si posteriormente es citado a declarar por el médico forense ha de aportar todos los informes médicos de que disponga.

Deberá presentar el correspondiente parte de accidente en su compañía de seguros lo antes posible (el plazo legal es de 7 días, aunque se puede presentar con posterioridad, si existe causa justificada).

Si ha sufrido daños corporales, la pérdida de un ser querido, un perjuicio moral, gastos de asistencia médica, una pérdida de ingresos, daños en el vehículo u otros daños materiales, tiene derecho a reclamar y percibir una indemnización (acción civil).

Es importante que antes de llegar a cualquier tipo de acuerdo con la entidad aseguradora del vehículo responsable proceda a asesorarse debidamente de los derechos que le asisten para tomar su decisión con pleno conocimiento de la legislación vigente.

Aún cuando usted llegue a un acuerdo indemnizatorio con la entidad aseguradora contraria, tiene el derecho de mantener el ejercicio de la acción penal contra el conductor responsable del accidente, si estima que su conducta fuera constitutiva de delito o falta.

Para el ejercicio de ambas acciones, es aconsejable consultar a un abogado especialista en accidentes de circulación. Debe tener en cuenta que puede cambiar de abogado si no está de acuerdo con su asesoramiento o no tiene suficiente confianza.

Dispone de un plazo de 6 meses para formular la denuncia, bien sea usted víctima directa del accidente o bien perjudicado por fallecimiento de un familiar; si los perjudicados son menores de edad o incapacitados, dicha denuncia deberá interponerla su representante legal.

Ante cualquier duda también puede acudir a asociaciones de ayuda y orientación a víctimas de accidentes de tráfico donde podrá recibir información más detallada

Real Decreto 303/2011, de 4 de marzo, por el que se modifica el Reglamento General de Circulación ...

El pasado sábado 5 de marzo de 2011 se publicaba en el BOE el Real Decreto 303/2011, de 4 de marzo, por el que se modifican el Reglamento General de Circulación, aprobado por el Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, y el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, y se reduce el límite genérico de velocidad para turismos y motocicletas en autopistas y autovías.

Los límites genéricos de velocidad se establecen en el Reglamento General de Circulación, aprobado por el Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, que aplica y desarrolla el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo.

Estos límites genéricos se fijan, en función del tipo de vía y del vehículo, atendiendo a las consecuencias que la superación de los mismos implicaría en la producción de accidentes de tráfico, por una parte, y en el agravamiento de las consecuencias para los lesionados, una vez producido el accidente.

No obstante lo anterior, razones diferentes a las relacionadas con la siniestralidad pueden exigir el establecimiento de determinados límites de velocidad que permitan conseguir objetivos en otros ámbitos o áreas no relacionados con la seguridad vial.

Es el caso de la reducción del consumo de energía. La coyuntura internacional y la evolución del precio del petróleo ponen de manifiesto la necesidad de adoptar medidas encaminadas a la reducción del consumo de combustible. En este sentido, el mayor porcentaje de consumo de petróleo se encuentra en el sector del transporte. Y es aquí donde diferentes estudios e investigaciones indican que la reducción de la velocidad de circulación de los vehículos en autopistas y autovías disminuye considerablemente el consumo de combustible.

Por tanto, vistas las actuales circunstancias resulta aconsejable reducir el límite genérico de velocidad para turismos y motocicletas, en autopistas y autovías, de 120 km/h a 110 km/h.

Con esta finalidad, se modifica el artículo 48 del Reglamento General de Circulación.

Esta medida se aplicará transitoriamente en atención a los resultados obtenidos.

Igualmente, en uso de la habilitación conferida al Gobierno en la disposición final primera del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, resulta necesario modificar el anexo II del mismo para que la detracción de puntos por exceso de velocidad se mantenga, en este caso, en los límites actuales.

Artículo 1. Modificación del Reglamento General de Circulación, aprobado por el Real Decreto 1428/2003 de 21 de noviembre.

El primer inciso del punto 1 del párrafo a) del apartado primero del artículo 48 del Reglamento General de Circulación queda redactado de la siguiente manera: «1. En autopistas y autovías: Turismos y motocicletas, 110 kilómetros por hora.»

Artículo 2. Modificación del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo.

Se añade un segundo inciso al párrafo segundo del anexo II del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, con la siguiente redacción: «… En los supuestos de reducción del límite genérico de velocidad en autopistas y autovías de 120 km/h a 110 km/h, resultará de aplicación la pérdida de puntos establecida en el anexo IV para el límite de velocidad de 120 km/h.»

La vigencia del presente real decreto comenzará a las 6:00 horas del 7 de marzo de 2011 y concluirá el 30 de junio de 2011. No obstante, el Gobierno podrá acordar su prórroga atendiendo a la situación del mercado energético.

Una vez haya concluido la vigencia de lo previsto en el presente real decreto, el límite máximo de velocidad para turismos y motocicletas en autopistas y autovías, así como la detracción de puntos volverán a ser los vigentes con anterioridad a la entrada en vigor de esta norma
 



7 de marzo de 2011

Entra en vigor la nueva limitación de velocidad

Tráfico multará con cien euros a los conductores que circulen a 111 km/h



Desde las 6 horas de esta mañana, Tráfico multará con 100 euros el exceso de velocidad, desde los 111 kilómetros por hora. El nuevo límite máximo al que se permite circular queda establecido en 110 kilómetros por hora como medida de ahorro energético y aplica duras sanciones a los conductores que superen la nueva cifra. Una medida con la que el Ejecutivo pretende amortiguar el alza de la factura energética que se ha disparado con la ola de revueltas en los países árabes.

De este modo, circular entre 111 y 140 kilómetros por hora se castiga con 100 euros de multa. Circular entre 141 y 160 supone ya una sanción de 300 euros. Para aquellos que sean pillados entre 161 y 170 la sanción será de 400 euros, entre 171 y 180 de 500 y a más de 180 de 600 euros. Pero, a partir de 151 kilómetros por hora se empiezan a descontar puntos del permiso de conducir. Para ello, Tráfico ya ha reprogramado un total de 27 radares de la C. Valenciana que se encuentran ubicados en autovías y autopistas, donde se rebaja de 120 a 110 kilómetros por hora el límite máximo permitido de velocidad.

Los dispositivos fijos están situados en las tres provincias y Castelló tiene un total de cinco, Valencia dispone de 13 y Alicante un total de 9. El resto de radares, hasta un total de 65 están dispuestos en la totalidad de carreteras de la C. Valenciana.

El Ministerio de Fomento ha cambiado un total de 521 señales de las carreteras valencianas para adaptarlas a los nuevos límites de velocidad. Los trabajos de sustitución se iniciaron el viernes y ayer quedaron todos finalizados para que las señales estuvieran dispuestas durante esta madrugada. El mayor número de placas cambiadas se ha concentrado en las carreteras de la provincia de Valencia, donde se han modificado un total de 301, seguida de Alicante, con 151, y de Castelló, con 59 señales.

El sistema de cambio se ha llevado a cabo trasladando la señal al taller establecido donde se han puesto las pegatinas con la nueva velocidad de 110 y se han reubicado en sus lugares de origen después. Las placas de la provincia de Castelló se han reinstalado tapadas, pero en Valencia y Alicante, donde el número de sustituciones ha sido muy superior, ya se han puesto descubiertas la mayoría.

El decreto aprobado por el Gobierno modifica la Ley de Tráfico al añadir: «En los supuestos de reducción del límite genérico de velocidad en autopistas y autovías de 120 km/h a 110 km/h, resultará de aplicación la pérdida de puntos establecida en el Anexo IV para el límite de velocidad de 120 km/h», es decir, que hasta 150 no se pierden puntos y entre 181 y 191, el conductor se quedaría sin seis puntos. Se considera delito y se remite a la vía penal

6 de marzo de 2011

Fallas 2011

Estos son los actos programados para el día de hoy por la Falla El  Trampot.


12.30h Pasacalle de toda la Comisión.

14.00h Gran traca fallera.

17.30h Merienda y actividades para infantiles en el casal.
 
Se ruega a los conductores que circulen por el recorrido del Pasacalle,  que extremen las precauciones.

5 de marzo de 2011

Inaugurada la restauración de la Ermita de San Cristobal

La Directora General de Patrimonio Cultural Valenciano, Paz Olmos, ha acudido este sábado a Enguera para inaugurar la restauración integral de la Ermita de San Cristóbal. En el acto han estado también presentes Santiago Arévalo, alcalde de Enguera, así como Juan Rafael Boronat, párroco de la Iglesia de San Miguel, de la que depende dicha ermita.

Paz Olmos ha explicado que “la intervención llevada a cabo en la Ermita de San Cristóbal ha sido financiada gracias al Plan de Inversiones Productivas de la Generalitat que ha destinado más de 176.000 € a esta restauración. La puesta en marcha de este plan ha sido una de las iniciativas municipales más importantes de los últimos años: ha supuesto la ejecución de muchas actuaciones, como la rehabilitación de esta ermita, que sin este plan y con la falta de financiación generalizada de los ayuntamientos, no se hubiesen podido realizar”.

La ermita sufría múltiples patologías, consecuencia del paso del tiempo y de algunas intervenciones anteriores, realizadas en momentos en que no se contaba con los avanzados medios actuales. Se habían producido desprendimientos en la cubierta de la ermita y los muros presentaban problemas de humedades debidos al desnivel existente entre el cementerio y la ermita, de modo que las escorrentías de agua daban directamente contra ellos, a lo que se le sumaban los revestimientos impropios que no permitían la transpiración de los muros. El pavimento que existía anteriormente, al no dejar transpirar la humedad, contribuía a acrecentar este problema.

La ermita de San Cristóbal presentaba también problemas estructurales de concentración de cargas en las claves de los arcos que se traducían en grietas por deslizamiento de tales piezas.

Para solucionar estos problemas, se han sustituido algunos elementos de la cubierta manteniendo el sistema constructivo, y se ha repartido en peso que soportaban las claves sobre todo el arco, para liberarlas de cargas, garantizar su estabilidad y proceder entonces al cosido de las grietas que se habían formado como consecuencia de la sobrecarga.

Los problemas relativos a las humedades se han solucionado mediante el picado de revestimientos y la realización de otros nuevos con materiales apropiados, similares a los que se utilizaron originalmente cuando se levantó la ermita. Así mismo, se ha colocado un nuevo solado más permeable que permite la mejor transpiración del subsuelo y así la eliminación del alto índice hígrico en el interior.



La ermita de San Cristóbal

El 27 de octubre de 1685 el vicario de la parroquia de San Miguel de Enguera bendijo la ermita de San Cristóbal, por lo que tradicionalmente se ha dado esa fecha como la de su construcción. Sin embargo podría ser muy anterior, pues en el libro de visitas de la Orden de Santiago, a la que pertenecía la villa, hay unas demandas fechadas en 1548 que podrían hacer referencia a ella.

La ermita, en realidad conforma un conjunto con la vivienda del ermitaño, a la que se encuentra unida por un atrio por el que se accede al cementerio, situado en la parte posterior de las edificaciones. La fachada principal actúa como unificador del conjunto a modo de fachada escenario con decoración barroca.

En la primera década del siglo XIX la Ermita de San Cristóbal sufre una importante transformación al instalarse en su emplazamiento original, junto a la ermita, el cementerio municipal. Por lo que comienza a perder su carácter de templo de peregrinación. En su interior, una de las transformaciones más evidentes fue la eliminación de uno de los altares, concretamente el que estaba dedicado a San José, para abrir la puerta hacia el cementerio

Paella Gigante

Actos programados por la Falla El Trampot
10.00h Almuerzo de chocolate con churros y actividades para infantiles en el casal.

14.00h Gran traca fallera.

14.30h Paella gigante

22.30h Cena Homenaje a la Mujer Fallera

4 de marzo de 2011

Los niños de 10 años podrán tirar chinos y voladores y los de 6, bombetas y salidas

El Consell rebaja la edad para usar material pirotécnico y aprueba el decreto que protege de la normativa europea a las Fallas, las Hogueras o la Cordà


El Consell ha aprobado el decreto que reconoce el carácter tradicional de las fiestas que hacen uso de la pirotecnia. De esta manera se protegen fiestas como las Fallas, las Hogueras, la Cordà y todo tipo de festejos que se realizan en municipios y barrios de la Comunitat Valenciana. Con este decreto, quedan excluidos todos estos actos de la normativa europea.

El texto también rebaja la edad para el uso de material pirotécnico de 12 a 8 años, para niños que tiren bombetas o bengalas. También se baja de 16 a 10 años para niños que tiren petardos como los 'chinos' o los voladores.

Los padres deberán firmar una autorización para que sus hijos puedan participiar en las celebraciones. Esta autorización se podrá ver en la web de la Conselleria de Gobernación a partir del lunes .

¡¡¡ ÚLTIMA HORA !!!

Enlace al Decreto 19/2011 del Consell por el que se reconoce el carácter religioso, cultural o tradicional de las manifestaciones festivas celebradas en la Comunitat Valenciana en las que se utilizan artificios de pirotécnia

Gobernación mantiene la Preemergencia por nevadas en el interior de Castellón, interior de Valencia y al litoral norte de Alicante

• Se mantiene la Emergencia situación 0 en las comarcas castellonenses de Els Ports, L’Alt Maestrat y L’Alcalatén

La conselleria de Gobernación, a través del Centro de Coordinación de Emergencias, mantiene para hoy viernes, la Preemergencia por nevadas, nivel naranja, en el interior de la provincia de Castellón, al interior de la provincia de Valencia y al litoral norte de la de Alicante debido a que se espera una acumulación de nieve hasta 6 cm.

Además la cota se situará en los 600 metros en Castellón, y en 700 metros en Valencia y litoral norte de Alicante.

Asimismo, hay que recordar que se mantiene la Emergencia situación 0 decretada ayer jueves, por nevadas en las comarcas castellonenses de L'Alt Maestrat, Els Ports y L'Alcalatén ya que se han movilizado diferentes recursos para limpiar las carreteras que se están viendo afectadas por la acumulación de nieve.

El Centro de Coordinación de Emergencias ha puesto en marcha el Procedimiento de Actuación frente al Riesgo de Nevadas y ha avisado a todos los ayuntamientos de ambas provincias, así como a los organismos y servicios de emergencias.

Consejos a la población
•Presta atención a las emisoras de radio o televisión para obtener información de la AEMET o de Protección Civil.

•Si pasas mucho tiempo en el exterior, es mejor llevar varias prendas ligeras y cálidas superpuestas que una sola prenda de tejido grueso.

•Las manoplas proporcionan más calor que los guantes.

•El peligro máximo se produce cuando hay ventisca. Evita las salidas o desplazamientos en estos casos.

•Evita la entrada de aire extremadamente frío en los pulmones. Protégete rostro y cabeza.

•Utiliza el teléfono para las llamadas imprescindibles.

•Ten cuidado con las estufas de carbón, eléctricas y de gas, procurando que no estén próximas a visillos y cortinas.

•Toma precauciones para evitar el envenenamiento producido por el uso de braseros de picón o estufas de leña, carbón o gas en lugares cerrados sin renovación de aire. Ten a mano un extintor ante la posibilidad de incendio.

•Desconecta todos los aparatos eléctricos que no sean necesarios. Ten a mano velas, linternas y pilas.

•Mantén un grifo ligeramente abierto en casa, a fin de evitar la rotura por congelación de las tuberías.

Recomendaciones para los automovilistas
•Viaja únicamente si es imprescindible y procura no hacerlo solo. Utiliza, a ser posible, transporte público.

•Si vas a emprender un viaje, llena el depósito de gasolina, lleva radio, pala, cuerda, cadenas, una linterna y ropa de abrigo. También algún alimento rico en calorías (chocolate, frutos secos,...).

•Procura no agotar el combustible.