3 de enero de 2014

¿Puede un agente de la autoridad hablar por teléfono mientras conduce?

A raíz de la controversia que ha generado una fotografía que fue subida en Facebook, en la que se veía a un agente de la autoridad hablando por el móvil mientras estaba conduciendo.

Los propietarios del blog  preguntaron  a los usuarios si pensaban si era legal o no el hecho de que un agente de la autoridad hable por teléfono móvil mientras conduce.

La respuesta es la siguiente:
Para saber si un agente de la autoridad está o no facultado para hablar por teléfono mientras conduce, lo que vamos a hacer es remitirnos, como siempre, a la legislación al efecto. 
"Queda prohibido conducir y utilizar cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido, excepto durante la correspondiente enseñanza y la realización de las pruebas de aptitud en circuito abierto para la obtención del permiso de conducción de motocicletas de dos ruedas cuando así lo exija el Reglamento General de Conductores.
Se prohíbe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares (artículo 11.3, párrafo segundo, del texto articulado).
Quedan exentos de dicha prohibición los agentes de la autoridad en el ejercicio de las funciones que tengan encomendadas (artículo 11.3, párrafo tercero, del texto articulado).
Por tanto, si veis a un agente de la autoridad hablando por teléfono mientras conduce, por lo menos preguntaros por qué lo hace y/o con quién habla.

Como Policías y agentes de la autoridad que somos,  apoyamos todas las actitudes profesionales de los agentes de las fuerzas y cuerpos de seguridad, y asimismo rechazamos todas aquellas actuaciones que no se ajusten a Derecho.